Se determinó que la sede de la institución fue atacada el 12 de febrero con objetos contundentes
(Caracas, 15 de octubre 2014) Como parte del acervo probatorio para sustentar la acusación contra Leopoldo Eduardo López Mendoza (43), los expertos de la Unidad Criminalística contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del Ministerio Público y del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), determinaron que efectivamente fueron lanzados objetos contundentes contra la sede de la institución el 12 de febrero de este año.
Durante la realización de la audiencia efectuada este martes 14 de octubre, los fiscales nacionales 2°, 41° y 45°auxiliar, Narda Sanabria, Franklin Nieves y José Gregorio Foti, respectivamente, interrogaron a una trabajadora de la citada unidad, quien detalló que efectuó un reconocimiento legal a 10 hormigones (pedazos de concreto) y a tres fragmentos metálicos localizados dentro de las instalaciones de la sede principal del Ministerio Público, los cuales fueron utilizados para ocasionar daños.
La experta explicó que en ese procedimiento se hizo una descripción pormenorizada de las evidencias.
Por su parte, el funcionario del área físico-química del Cicpc expuso ante el Tribunal 28° de Juicio del Área Metropolitana de Caracas que a él le correspondió efectuar una experticia para determinar la presencia de hidrocarburos acelerantes (combustible) en las prendas de vestir de los jòvenes acusados, la cual resultó positiva.
Una vez concluida la exposición, se fijó para el 28 de octubre, a la 1:00 de la tarde, la continuación del juicio.
Vale destacar que López Mendoza está siendo juzgado por determinador en los delitos de incendio y daños, así como por instigación pública y asociación para delinquir.
Por este hecho también son enjuiciados Marco Coello y Christian Holdack por presuntamente ser autores en los delitos de instigación pública, incendio, daños y agavillamiento; mientras que Ángel González y Damian Martín fueron acusados por instigación para delinquir.
Es importante mencionar que como medios de prueba, los representantes del Ministerio Público promovieron para el juicio 21 experticias, 5 informes, 67 testimoniales y 42 expertos de diferentes áreas de la investigación criminalística.
Conviene aclarar que todos los testigos y expertos promovidos por el Ministerio Público tienen capacidad y experiencia, orientando su trabajo a lo establecido en el Manual Único de Procedimientos en materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”, lo cual sirvió para orientar sus informes y experticias de manera objetiva y clara, tal cual fue el pedimento de quienes dirigen la investigación penal, es decir, los fiscales nacionales comisionados.
Adicionalmente, durante la inspección técnica efectuada el 12 de febrero, luego de los hechos violentos, se colectaron vidrios fracturados, escombros y restos de botellas con telas impregnadas de sustancias acelerantes para la combustión.
Asimismo, otro elemento demostrativo de la participación fundamental de López en tales hechos, lo representan las convocatorias por él realizadas los días 23 de enero y 02 de febrero, cuando hizo un llamado público, notorio y comunicacional a marchar desde la Plaza Venezuela hasta la sede del Ministerio Público, lo cual quiere decir que si no convoca a esa protesta ninguna persona hubiese acudido a un evento que se anunció como pacífico y terminó con destrozos y daños severos.
Por otra parte, cuando la supuesta marcha pacífica llegó a su destino, solo se encontró con el personal de seguridad de la institución, que no porta armas de fuego, con el alegato de que se iba a entregar un documento en el que se solicitaba la libertad de unos estudiantes privados de libertad por un tribunal de control del estado Táchira.
El asunto es que de los 29 videos ofrecidos por los fiscales comisionados, en ninguno se observa actitud de que se pretenda entregar algún documento, hecho demostrativo que desde un primer momento la intención era arremeter contra el Ministerio Público y comenzar así la escalada de agresiones contra las cabezas de los poderes públicos.
Finalmente, el Ministerio Público es partidario de que en las audiencias públicas y orales se arribe a una decisión jurídica en la que prevalezca la verdad de los hechos y se imponga la justicia.
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