martes, 3 de junio de 2014

Condenada comerciante a pagar 5.397 bolívares por vender bebidas alcohólicas durante Semana Santa




El hecho ocurrió el 24 de marzo de 2013 en el estado Falcón

(Caracas, 03 de junio de 2014) Ante la solicitud de enjuiciamiento presentada por el Ministerio Público, fue condenada la comerciante Cleidy Marina Martínez (47) al pago de 5.397 bolívares, tras admitir haber desobedecido la prohibición de venta de bebidas alcohólicas durante los días de Semana Santa, el 24 de marzo de 2013, en un establecimiento comercial  ubicado en el municipio Los Taques, estado Falcón.

En el juicio, la fiscal municipal primera de esa jurisdicción, Dessiree Villalobos, ratificó la solicitud de enjuiciamiento contra Martínez por la comisión de la siguiente falta: desobediencia a la autoridad, prevista y sancionada en el artículo 483 del Código Penal.
            Tras la admisión del hecho por parte de la mujer, el Tribunal 2º de Juicio del estado Aragua le impuso el pago de 42.5 unidades tributarias, equivalentes a 5.397 bolívares con 50 céntimos.
El 24 de marzo de 2013, efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana se encontraban realizando un patrullaje por el mencionado sector, cuando observaron la contraventora (Martínez),  efectuaba la venta de bebidas alcohólicas durante la semana mayor, a pesar de la prohibición oficial.
Por tal motivo, el personal castrense le informó a la mujer que estaba incurriendo en una falta prevista en el Código Penal, razón por la cual entrevistaron a Martínez y notificaron a la dependencia municipal, iniciándose la investigación correspondiente.
            En virtud del procedimiento, fueron incautadas 15 cajas de cerveza, y botellas de aguardiente, ron y sidra.
Vale recordar que la fiscalía municipal primera del estado Falcón, fue inaugurada el 06 de diciembre de 2011, y está ubicada en la calle Alí Primera de la parroquia Los Taques; dicha dependencia tiene competencia en los municipios Los Taques, Carirubana y Falcón.

JPH

Desde el 2008 Municipalizando la Justicia

No hay comentarios:

Publicar un comentario