FECHA: 21.03.2019
1.- LEY CONTRA EL ODIO
● En cumplimiento de una misión emanada de la sesión del 19 de marzo de la ANC, en el cual se trató un punto relacionado con la aplicación efectiva y eficaz de la Ley Constitucional Contra el Odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia, emanada por la ANC el 2 de noviembre de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el 7 de noviembre de 2018.
● Esta Ley es un instrumento que contiene un ruta para la construcción de una cultura de paz, además involucra a toda la sociedad, la familia y al Estado venezolano, que demanda la necesidad de estabilidad política y social, por el resurgimiento de un conjunto de conductas relacionadas con el odio, la discriminación, la exclusión y la violencia política, que en estos últimos meses creímos pertinente producir instrucciones al Sistema Nacional de Justicia, así se aprobó en esa sesión.
● Hemos producido una instrucción que toca al Sistema Nacional de Justicia, toca a los prestadores de servicio de radio, TV por suscripción, medios impresos públicos, privados, comunitarios y electrónicos, y a todas las personas víctimas de manifestaciones de odio, intolerancia, violencia y discriminación, para que denuncien ante la Fiscalía General de la República a sus victimarios.
● También a todos los que por las redes sociales emiten mensajes contentivos de conductas asociadas al odio, discriminación y a toda esa idea de personas que hoy encarnan el proyecto contrarrevolucionario, que han optado por un método que reproduce el odio, la violencia criminal y la apología del delito.
● La ANC, ha querido alertar a toda la sociedad frente a estos temas, e instruir a los órganos del Poder Público, que por disposición del artículo 349 de la Constitución, en su primera parte, establece que los órganos de los Poderes constituidos no podrán de modo alguno impedir las decisiones de la ANC, es por lo que se ha girado este oficio a la doctora Carmen Marisela Castro, Defensora Pública General, en el sentido de pedirle que pudieran construir mecanismos.
● La instrucción exacta al Sistema Nacional de Justicia, expresado en el TSJ, Fiscalía General de la República, Defensoría del Pueblo y Defensa Pública Nacional, les instruimos que activen los mecanismos constitucionales y legales para la aplicación efectiva y eficaz de la Ley Constitucional Contra el Odio, por la convivencia pacífica y la intolerancia.
● Hoy nos ha recibido la defensora nacional y esperamos que desde éste espacio del Sistema Nacional de Justicia, nos pongamos en sintonía y pudiéramos coordinar mecanismos para la promoción y difusión de la Ley, para que pueda haber conversatorios comunitario.
● Esta es una defensa que tiene un despliegue comunitario de importancia que se vincula con las comunidades, a través de una agenda de trabajo y de ese contacto que mantienen con el pueblo.
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