martes, 5 de mayo de 2015

Ministerio Público logró pase a juicio para cinco jóvenes por muerte de Eliézer Otaiza


Por este caso fueron condenados otros dos hombres en su oportunidad


(Caracas, 05 de mayo de 2015) Ante la contundencia de la acusación presentada por el Ministerio Público, se ordenó el enjuiciamiento de cinco jóvenes por su presunta vinculación con la muerte del presidente del Concejo Municipal de Caracas, Eliézer Otaiza Castillo, quien fue localizado el 26 de abril de 2014 en una zona boscosa de Turgua, en El Hatillo, estado Miranda.
            En la audiencia preliminar, la fiscal 19º nacional auxiliar, Irina Nuñez, respectivamente, ratificaron la acusación contra Deivis José Martínez Villareal (21), Jean Freiber Terán Pinto (19), Antony Rafael Oroño Arrieta (20), Jefferson Antonio Hernández Zerpa (18) y Erick Daniel Serrano Arias (20), por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado cometido con alevosía en la ejecución de robo agravado; robo agravado de vehículo automotor y uso de adolescente para delinquir.
            Una vez evaluados los medios de prueba presentados por la fiscal del Ministerio Público, el Tribunal 6° de Control del área metropolitana de Caracas ordenó el enjuiciamiento de los jóvenes, quienes permanecen recluidos en distintos sitos de reclusión del país.
            Por este mismo caso, Gregory Javier Torres Castillo (20) se encuentra a la espera de la audiencia preliminar.
            Vale destacar que por la muerte de Otaiza fueron condenados a cuatro años de privación de libertad y seis meses de regla de conducta un adolescente de 17 años de edad; mientras que otro de 14 años fue sentenciado a cuatro años y seis meses por homicidio calificado cometido con alevosía en la ejecución de robo; y robo de vehículo automotor.
            Es importante recordar que conforme con la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 628, y tratados internacionales suscritos por la República, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño del 26 de enero de 1990, ningún venezolano que tenga menos de 18 años puede ser sancionado a una pena mayor a cinco años de prisión.
MC

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